Texto oficial
Artículo 2.2.1.2.11. Necesidad en la prestación de servicios . Las Empresas Sociales del Estado que suscriban Acuerdos de Formalización Laboral y por necesidades del servicio requieran continuar con las plantas de empleos de carácter temporal, deberán informarlo a la Dirección Territorial correspondiente del Ministerio del Trabajo.
(Decreto 1376 de 2014, artículo 11)