Texto oficial
Artículo 2.2.10.16 Seccionales o regionales . En las entidades donde existen seccionales o regionales se seleccionará, conforme con las reglas establecidas en este decreto, al mejor empleado de cada uno de los niveles jerárquicos que conforman la regional o seccional, quienes tendrán derecho a participar en la selección del mejor empleado de la entidad.
(Decreto 1227 de 2005, artículo 84)