Texto oficial
Artículo 2.2.12.4.4. Declaratoria de desierto concurso de ascenso para plazas reservadas . Los empleos reservados para personas con discapacidad en concurso de ascenso que, al finalizar la etapa de inscripciones, no cuenten con aspirantes inscritos o cuyo número de inscritos sea menor al de vacantes ofertadas, se declararán desiertos y pasarán a la Oferta Pública de Empleo de Carrera de empleos reservados para personas con discapacidad en la modalidad de ingreso o concurso abierto, para lo cual, quienes se hayan inscrito inicialmente para el concurso de ascenso al respectivo empleo continuarán en el concurso abierto de ingreso sin requerir una nueva inscripción. En caso de que los empleos reservados para personas con discapacidad ofertados a través del concurso de ingreso sean declarados desiertos por las causales previstas en el artículo 2.2.6.19 del Decreto número 1083 de 2015, estos empleos serán provistos mediante el orden establecido en el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto número 1083 de 2015.