Texto oficial
Artículo 2.2.14.2.12 Procedimiento en caso de empate . Si el mayor número de votos fuere igual para dos de los candidatos, éstos serán elegidos como representantes de los empleados ante la Comisión de personal.
Si el número de votos a favor de más de dos candidatos fuere igual, la elección se decidirá a la suerte.
(Decreto 1228 de 2005, artículo 15)