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Artículo 2.2.20.2.13 — 2.20.2.13. Pruebas. La valoración de la capacidad, idoneidad y adecuación de los…

Decreto 1083 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.20.2.13. Pruebas. La valoración de la capacidad, idoneidad y adecuación de los aspirantes a ocupar empleos de carrera que se convoquen a concurso se hará mediante la aplicación de pruebas que respondan a criterios de objetividad e imparcialidad con parámetros de calificación previamente determinados, las cuales podrán ser orales, escritas, de ejecución, análisis de antecedentes, entrevistas y otros medios técnicos.

Parágrafo. El número de pruebas, su valor respecto del puntaje total del concurso y su carácter eliminatorio o clasificatorio serán determinados en la convocatoria, de acuerdo con los criterios que sobre el particular establezca el Consejo Administrador del Sistema Específico de Carrera, el cual, de igual manera, podrá determinar los casos en los que se requiera la obtención de un puntaje total mínimo aprobatorio del concurso.

(Decreto 2900 de 2005, artículo 18)