Texto oficial
Artículo 2.2.20.2.17. Publicación de resultados. Los resultados de cada prueba serán publicados, en la medida en que se vayan produciendo, en la página web de la entidad que realice el concurso.
(Decreto 2900 de 2005, artículo 22)
Artículo 2.2.20.2.17. Publicación de resultados. Los resultados de cada prueba serán publicados, en la medida en que se vayan produciendo, en la página web de la entidad que realice el concurso.
(Decreto 2900 de 2005, artículo 22)