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Artículo 2.2.20.3.1.3 — 2.20.3.1.3. Políticas que orientan la capacitación. Los planes, programas y actividades…

Decreto 1083 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.2.20.3.1.3. Políticas que orientan la capacitación. Los planes, programas y actividades de capacitación en educación formal y no formal para los servidores de los cuerpos aeronáutico y administrativo estarán orientados por las siguientes políticas:

1. Especialización y formación continua . La capacitación estará dirigida a la forma­ción especializada del servidor en el sector aeronáutico, de acuerdo a la naturaleza de las funciones y a los requisitos y perfil del cargo, respondiendo a la constante actualización normativa, tecnológica, operacional y al fortalecimiento de compe­tencias para el desarrollo del talento humano.

2. Gestión del conocimiento . La capacitación de los servidores de la entidad se fun­damenta en la información, el control, la evaluación, la toma de decisiones y trans­ferencia del conocimiento para la mejora continua y el relevo generacional.

3. Internacionalización . La capacitación propenderá por responder a las necesidades y exigencias de la globalización, permitiendo el posicionamiento del Estado co­lombiano como formador y beneficiario de recurso humano especializado.

4. Investigación, desarrollo e innovación. La capacitación se orientará a consolidar la investigación en los campos aeronáuticos y aeroespaciales, con el apoyo de la industria y la academia.

Estas políticas se desarrollan bajo el principio de igualdad, en virtud del cual el acceso del personal de la entidad a la capacitación se deberá permitir en igualdad de condiciones, conforme a las necesidades institucionales y al cumplimiento de las exigencias establecidas en el ordenamiento jurídico para garantizar la seguridad operacional y de la aviación civil.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Sustituido Artículo 1 DECRETO 475 de 2019