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Artículo 2.2.21.8.7 — 2.21.8.7. Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales. Las entidades de…

Decreto 1083 de 2015
Modificado

Texto oficial

ARTÍCULO 2.2.21.8.7. Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales. Las entidades de que trata el presente capítulo deberán actualizar su Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales con las competencias y requisitos establecidos en el presente Decreto para el empleo de jefe de oficina, asesor, coordinador o auditor de control interno o quien haga sus veces, dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de publicación del presente decreto.

Parágrafo . A los servidores públicos que a la entrada de vigencia del presente decreto estén ejerciendo el empleo de jefe de oficina, asesor, coordinador o auditor de control interno o quien haga sus veces, en propiedad o en encargo, no se les exigirá requisitos distintos a los ya acreditados al momento de la posesión.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (6)Adicionado Artículo 1 DECRETO 989 de 2020TÍTULO 22SISTEMA DE GESTIÓNCAPÍTULO 1OBJETO E INSTANCIAS DE DIRECCIÓN Y COORDINACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN( sustituido por artículo 1 Decreto 1499 de 2017)