Artículo 2.2.25.2.6. Estímulos e incentivos. Los servidores públicos que hayan participado en el diseño, planeación, ejecución o seguimiento de los resultados de las experiencias que resulten ganadoras y cumplan con los requisitos, podrán hacerse merecedores de los incentivos que gestione el Departamento Administrativo de la Función Pública para cada vigencia.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)
Sustituido Artículo 1 DECRETO 1136 de 2022LEGISLACIÓN ANTERIOR (1)
Artículo 2.2.25.2.6. Convocatoria y postulación. El Departamento Administrativo de la Función Pública, dentro del primer semestre de cada año, mediante acto administrativo, señalará los requisitos de la convocatoria y de la postulación al Premio, al igual que el énfasis temático.TEXTO CORRESPONDIENTE A (3)
Sustituido Artículo 1 DECRETO 2158 de 2018Vigente desde: 22/11/2018 y hasta el: 30/06/2022Artículo 2.2.25.2.6 Énfasis temático. El énfasis temático será definido anualmente por el Departamento Administrativo de la Función Pública mediante resolución, en la cual se indicarán los temas prioritarios de interés del Alto Gobierno, respecto de los cuales se quiere conocer o destacar avances y desarrollos en el cumplimiento de los objetivos o metas del Estado.TEXTO CORRESPONDIENTE A (5)
Modificado Artículo 18 DECRETO 648 de 2017Vigente desde: 19/04/2017 y hasta el: 21/11/2018Artículo 2.2.25.2.6. Publicación y Divulgación. El Departamento Administrativo de la Función Pública dará a conocer a la opinión pública, a través de los medios que considere idóneos, los logros alcanzados por la entidad ganadora.(Decreto 921 de 2000, artículo 22)Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 18/04/2017