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Artículo 2.2.29.1 — 2.29.1 Requisitos de formación académica. Para efectos de lo establecido en el numeral 2…

Decreto 1083 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.29.1 Requisitos de formación académica. Para efectos de lo establecido en el numeral 2 del artículo 8° de la Ley 909 de 2004, las profesiones afines a las funciones de la Comisión Nacional del Servicio Civil, de acuerdo con la certificación expedida por el Departamento Administrativo de la Función Pública, son las siguientes: Derecho, psicología, administración de empresas, administración pública, ingeniería industrial, e ingeniería administrativa.

(Decreto 3232 de 2004, artículo 2°)