Texto oficial
Artículo 2.2.30.5.5 Cláusulas nulas en los reglamentos internos de trabajo. Son absolutamente nulas las cláusulas de los reglamentos internos que desmejoren las condiciones del trabajador en relación con lo establecido por la legislación del trabajo, las convenciones individuales o colectivas o las decisiones arbitrales, las cuales, por otra parte, sustituyen de derecho las disposiciones del reglamento interno en cuanto fuere más favorable al trabajador.
(Decreto 2127 de 1945, artículo 34)