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Artículo 2.2.38.13 — 2.38.13. Secretaría Técnica del Comité Coordinador del Sistema Nacional de Integridad. La…

Decreto 1083 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.2.38.13. Secretaría Técnica del Comité Coordinador del Sistema Nacional de Integridad. La Secretaría Técnica del Comité Coordinador del Sistema Nacional de Integridad estará a cargo de la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República y tendrá las siguientes funciones:

1. Convocar al Comité Coordinador del Sistema Nacional de Integridad de forma ordinaria y extraordinaria.

2. Preparar los documentos técnicos necesarios para las sesiones del Comité Coor­dinador del Sistema Nacional de Integridad con el apoyo de la Secretaría Técnica de la Comisión intersectorial, así como elaborar y custodiar las actas de las sesio­nes.

3. Realizar el ·seguimiento a los compromisos y las decisiones generadas en el marco del Comité Coordinador para el funcionamiento del Sistema.

4. Las demás que sean propias de acuerdo con su carácter de apoyo y soporte técni­co.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Adicionado Artículo 1 DECRETO 382 de 2026