Artículo 2.2.5.2.2 Vacancia temporal. El empleo queda vacante temporalmente cuando su titular se encuentre en una de las siguientes situaciones:
1. Vacaciones.
2. Licencia.
3. Permiso remunerado.
4. Comisión, salvo en la de servicios al interior.
5. Encargado, separándose de las funciones del empleo del cual es titular.
6. Suspendido en el ejercicio del cargo por decisión disciplinaria, fiscal o judicial.
7. Período de prueba en otro empleo de carrera.
8. Descanso compensado
TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)
Adicionado parcialmente (Numeral 8. ) Artículo 1 DECRETO 770 de 2021LEGISLACIÓN ANTERIOR (8)
Artículo 2.2.5.2.2 Vacancia temporal. El empleo queda vacante temporalmente cuando su titular se encuentre en una de las siguientes situaciones:1. Vacaciones.2. Licencia.3. Permiso remunerado.4. Comisión, salvo en la de servicios al interior.5. Encargado, separándose de las funciones del empleo del cual es titular.6. Suspendido en el ejercicio del cargo por decisión disciplinaria, fiscal o judicial.7. Período de prueba en otro empleo de carrera.TEXTO CORRESPONDIENTE A (10)
Modificado Artículo 1 DECRETO 648 de 2017Vigente desde: 19/04/2017 y hasta el: 12/07/2021Artículo 2.2.5.2.2. Vacancia temporal . Para los mismos efectos se produce vacancia temporal cuando quien lo desempeña se encuentra en:1. Vacaciones.2. Licencia.3. Comisión, salvo en la de servicios al interior.4. Prestando el servicio militar.5. Encargado, separándose de las funciones del empleo del cual es titular.6. Suspendido en el ejercicio del cargo por decisión disciplinaria, fiscal o judicial, y7. Período de prueba en otro empleo de carrera.TEXTO CORRESPONDIENTE A (15)
Modificado Artículo 1 DECRETO 1412 de 2015Vigente desde: 25/06/2015 y hasta el: 18/04/2017Artículo 2.2.5.2.2. Vacancia temporal. Para los mismos efectos se produce vacancia temporal cuando quien lo desempeña se encuentra en:1. Vacaciones.2. Licencia.3. Comisión, salvo en la de servicio.4. Prestando el servicio militar.5. Encargado, separándose de las funciones del empleo del cual es titular.6. Suspendido en el ejercicio del cargo por decisión disciplinaria, fiscal o judicial, y7. Período de prueba en otro empleo de carrera.(Decreto 1950 de 1973, artículo 23 concordado con el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004)Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 24/06/2015CAPÍTULO 3FORMAS DE PROVISIÓN(Modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017).