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Artículo 2.2.8.3.1 — 2.8.3.1. Evaluación del desempeño laboral de Directivos Sindicales o Representantes…

Decreto 1083 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.2.8.3.1. Evaluación del desempeño laboral de Directivos Sindicales o Representantes Sindicales. La evaluación del desempeño de los integrantes de los comités ejecutivos, directivas y subdirectivas de confederaciones y federaciones, juntas directivas, subdirectivas y comités seccionales de los sindicatos, comisiones legales o estatutarias de reclamos, y los delegados para las asambleas sindicales y la negociación colectiva, deberá permitir armonizar los derechos relacionados con la actividad sindical y el cumplimiento de los deberes y obligaciones que corresponden al servidor público en el desempeño del empleo del cual es titular.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Adicionado Artículo 1 DECRETO 288 de 2021