NormasDecreto 410 de 1971 › Artículo 1001

Artículo 1001 — El boleto o billete expedido por el empresario de transportes deberá contener las…

Decreto 410 de 1971
Vigente

Texto oficial

Artículo 1001. El boleto o billete expedido por el empresario de transportes deberá contener las especificaciones que exijan los reglamentos oficiales y sólo podrá transferirse conforme a éstos.