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Artículo 1181 — OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DEL ALMACÉN. En el depósito de mercancías y productos…

Decreto 410 de 1971
Vigente

Texto oficial

Artículo 1181. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DEL ALMACÉN. En el depósito de mercancías y productos genéricamente designados los almacenes están obligados a mantener una existencia igual en cantidad y calidad, y serán de su cargo las pérdidas que ocurran por alteración o descomposición, salvo las mermas naturales cuyo monto haya quedado expresamente determinado en el certificado de depósito y en el bono de prenda.