Texto oficial
Artículo 1251. INTERESES SOBRE EL SALDO. El saldo, aunque sea llevado a una cuenta nueva, causará los intereses pactados y, en su defecto, los legales comerciales.
Artículo 1251. INTERESES SOBRE EL SALDO. El saldo, aunque sea llevado a una cuenta nueva, causará los intereses pactados y, en su defecto, los legales comerciales.