Texto oficial
Artículo 1276. SOLIDARIDAD DE LOS MANDANTES . Cuando el mandato se confiera por varios mandantes y para un mismo negocio, serán solidariamente responsables para con el mandatario de las obligaciones respectivas.
Artículo 1276. SOLIDARIDAD DE LOS MANDANTES . Cuando el mandato se confiera por varios mandantes y para un mismo negocio, serán solidariamente responsables para con el mandatario de las obligaciones respectivas.