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Artículo 1276 — SOLIDARIDAD DE LOS MANDANTES . Cuando el mandato se confiera por varios mandantes y para…

Decreto 410 de 1971
Vigente

Texto oficial

Artículo 1276. SOLIDARIDAD DE LOS MANDANTES . Cuando el mandato se confiera por varios mandantes y para un mismo negocio, serán solidariamente responsables para con el mandatario de las obligaciones respectivas.