Texto oficial
Artículo 1289. COMISIÓN POR CUENTA AJENA Y EFECTOS La comisión puede ser conferida por cuenta ajena; y en este caso, los efectos que ella produce sólo afectan al tercero interesado y al comisionista.
Artículo 1289. COMISIÓN POR CUENTA AJENA Y EFECTOS La comisión puede ser conferida por cuenta ajena; y en este caso, los efectos que ella produce sólo afectan al tercero interesado y al comisionista.