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Artículo 1578 — PRUEBA ESCRITA DEL CONTRATO DE TRANSPORTE MARÍTIMO. El contrato de transporte marítimo se…

Decreto 410 de 1971
Vigente

Texto oficial

Artículo 1578. PRUEBA ESCRITA DEL CONTRATO DE TRANSPORTE MARÍTIMO. El contrato de transporte marítimo se probará por escrito, salvo que se trate de transporte de embarcaciones menores, caso en el cual se estará a lo dispuesto en el reglamento.