NormasDecreto 410 de 1971 › Artículo 1869

Artículo 1869 — Los artículos anteriores se aplicarán igualmente a los explotadores de servicios aéreos…

Decreto 410 de 1971
Vigente

Texto oficial

Artículo 1869. Los artículos anteriores se aplicarán igualmente a los explotadores de servicios aéreos especiales.