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Artículo 1988 — Derogado TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 242 LEY 222 de 1995

Decreto 410 de 1971
Derogado

Texto oficial

Artículo 1988. Derogado

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Derogado Artículo 242 LEY 222 de 1995
LEGISLACIÓN ANTERIOR (7)Artículo 1988. El concordato tendrá por objeto adoptar cualquiera de las medidas siguientes:1ª. La suspensión temporal del proceso, la cual no impedirá los actos de conservación y administración el síndico ni afectará el curso del proceso penal;2ª. El aseguramiento por terceras personas de todos o algunos de los créditos aceptados;3ª. El pago con los dineros que hayan ingresado a la masa o con los bienes de la misma, de parte de todas las deudas o de la totalidad de los créditos que gocen de preferencia;4ª. La celebración de anticresis, daciones en pago y prendas; la regulación de los créditos y otras medidas enderezadas o la protección común de los acreedores y a facilitar la conclusión del juicio o la celebración de concordatos adicionales, y5ª. Cualquier acuerdo tendiente a regular las relaciones entre el deudor y los acreedores.Vigente desde: 01/01/1972 y hasta el: 19/12/1995