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Artículo 540 — CREACIONES DE TRABAJADORES O MANDATARIOS. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo…

Decreto 410 de 1971
Vigente

Texto oficial

Artículo 540. CREACIONES DE TRABAJADORES O MANDATARIOS. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior y de la acción reivindicatoria de la invención, en los casos expresamente señalados en este Título, el derecho a la invención corresponde al primer solicitante o a sus causahabientes. Si varias personas han hecho conjuntamente una invención, el derecho corresponde a todas