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Artículo 619 — Los títulos-valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho…

Decreto 410 de 1971
Vigente

Texto oficial

Artículo 619. Los títulos-valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora. Pueden ser de contenido crediticio, corporativos o de participación y de tradición o representativos de mercancías.