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Artículo 781 — La acción cambiaria es directa cuando se ejercita contra el aceptante de una orden o el…

Decreto 410 de 1971
Vigente

Texto oficial

Artículo 781. La acción cambiaria es directa cuando se ejercita contra el aceptante de una orden o el otorgante de una promesa cambiaria o sus avalistas, y de regreso cuando se ejercita contra cualquier otro obligado.