Texto oficial
Artículo 853. PLAZOS CONSENSUALES. Las partes podrán fijar plazos distintos a la aceptación o rechazo de la propuesta o ésta contenerlos.
Artículo 853. PLAZOS CONSENSUALES. Las partes podrán fijar plazos distintos a la aceptación o rechazo de la propuesta o ésta contenerlos.