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Artículo 218 — La ley organizará el cuerpo de Policía. La Policía Nacional es un cuerpo armado…

Documento Tipo 1991 de 1991
Vigente

Texto oficial

Artículo 218. La ley organizará el cuerpo de Policía.

La Policía Nacional es un cuerpo armado permanente de naturaleza civil, a cargo de la Nación, cuyo fin primordial es el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz.

La ley determinará su régimen de carrera, prestacional y disciplinario.