NormasDocumento Tipo 1991 de 1991 › Artículo 285

Artículo 285 — Fuera de la división general del territorio, habrá las que determine la ley para el…

Documento Tipo 1991 de 1991
Vigente

Texto oficial

Artículo 285. Fuera de la división general del territorio, habrá las que determine la ley para el cumplimiento de las funciones y servicios a cargo del Estado.