NormasDocumento Tipo 1991 de 1991 › Artículo 54

Artículo 54 — Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación…

Documento Tipo 1991 de 1991
Vigente

Texto oficial

Artículo 54. Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. El Estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar y garantizar a los minusválidos el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud.