Texto oficial
ARTICULO 1º. DEFINICION: El municipio es la entidad territorial fundamental de la división político administrativa del Estado, con autonomía política, fiscal y administrativa, dentro de los límites que le señalen la Constitución y la ley y cuya finalidad es el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población en su respectivo territorio.
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1 conceptos de CCE citan o interpretan el artículo 1 de la Ley 136 de 1994. Los más relevantes:
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C-429 de 2025
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CONTRATO ESTATAL, RÉGIMEN EXCEPCIONAL, DELEGACIÓN, MANUALES DE CONTRATACIÓN · 13 de mayo de 2025