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Artículo 89 — EXCEPCION: Cuando por cualquier circunstancia el Concejo no fijare la asignación mensual…

Ley 136 de 1994
Vigente

Texto oficial

ARTICULO 89. EXCEPCION: Cuando por cualquier circunstancia el Concejo no fijare la asignación mensual del alcalde, éste devengará el valor resultante de promediar el máximo y el mínimo de la respectiva categoría municipal, hasta cuando la corporación lo determine.

JURISPRUDENCIA (1)Declarado exequible Sentencia de la Corte Constitucional C-510 de 1999