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Artículo 22 — Omisión de control en el sector de la salud. La Ley 599 de 2000 tendrá un artículo 325B…

Ley 1474 de 2011
Vigente

Texto oficial

Artículo 22. Omisión de control en el sector de la salud. La Ley 599 de 2000 tendrá un artículo 325B, el cual quedará así:

El empleado o director de una entidad vigilada por la Superintendencia de Salud, que con el fin de ocultar o encubrir un acto de corrupción, omita el cumplimiento de alguno o todos los mecanismos de control establecidos para la prevención y la lucha contra el fraude en el sector de la salud, incurrirá, por esa sola conducta, en la pena prevista para el artículo 325 de la Ley 599 de 2000.

JURISPRUDENCIA (3)Declarado exequible por el cargo analizado ... Sentencia de la Corte Constitucional C-84 de 2013Afecta la vigencia de: [ Mostrar ]Adiciona Artículo 325b LEY 599 de 2000