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Artículo 10 — Factores para la delegación y asignación de atribuciones y funciones. Para efectos de la…

Ley 1551 de 2012
Vigente

Texto oficial

Artículo 10. Factores para la delegación y asignación de atribuciones y funciones. Para efectos de la delegación y asignación de competencias y funciones se tendrán en cuenta los siguientes factores:

1. Recursos naturales.

2. Niveles de Necesidades Básicas Insatisfechas.

3. Medios de subsistencia y capacidad económica de su población.

4. Índices de crecimiento demográfico y la proporción en que se encuentran los sectores urbanos y rurales de su población.

5. Tasa de desarrollo económico, desarrollo industrial y comercial.

6. Situación geográfica y económica, extensión del territorio y la infraestructura vial y de comunicaciones que posea.

7. Tasa de presupuesto-gasto por habitante-año.

8. Servicios públicos municipales.

9. Grado de educación de sus habitantes y la capacidad técnico-operativa de la administración municipal.

10. Necesidad y posibilidad económica, social y administrativa de estimular el desarrollo local y regional.

11. Apoyo, promoción y fortalecimiento de los organismos de acción comunal y de participación democrática.

Con base en estos factores, el gobierno nacional, en coordinación con los municipios determinará una tabla de factores que será el instrumento de medición para la asignación de atribuciones y funciones; la cual podrá ser diferente según las distintas regiones del país y deberá ser revisada cuando se considere conveniente.

CAPÍTULO II

Requisitos para la creación de municipios