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Artículo 23 — Democracia interna. El Consejo de Oficiales es la máxima autoridad de los Cuerpos de…

Ley 1575 de 2012
Vigente

Texto oficial

Artículo 23. Democracia interna. El Consejo de Oficiales es la máxima autoridad de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios, y como tal le compete además de la elección del Comandante quien será su representante legal, la elección de Dignatarios y las demás que determine la Junta Nacional de Bomberos. Así mismo, nombrar el Revisor Fiscal quien será externo a los Cuerpos de Bomberos.