Texto oficial
Artículo 25. Premio nacional de alta gerencia. Autorízase al Gobierno Nacional para que otorgue anualmente el Premio Nacional de Alta Gerencia a la entidad u organismo de la Administración Pública, que por su buen desempeño institucional merezca ser distinguida e inscrita en el Banco de Exitos de la Administración Pública. Dicha entidad gozará de especial atención para el apoyo a sus programas de desarrollo administrativo.
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1 conceptos de CCE citan o interpretan el artículo 25 de la Ley 489 de 1998. Los más relevantes:
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C-362 de 2024
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DELEGACIÓN · 2 de septiembre de 2024