Texto oficial
Artículo 4°. Finalidades de la función administrativa. La función administrativa del Estado busca la satisfacción de las necesidades generales de todos los habitantes, de conformidad con los principios, finalidades y cometidos consagrados en la Constitución Política.
Los organismos, entidades y personas encargadas, de manera permanente o transitoria, del ejercicio de funciones administrativas deben ejercerlas consultando el interés general .
CAPITULO III
Modalidades de la acción administrativa
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1 conceptos de CCE citan o interpretan el artículo 4 de la Ley 489 de 1998. Los más relevantes:
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C-098 de 2024
C-098 de 2024
CONTRATO DE CONCESIÓN, ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS · 21 de agosto de 2024