Texto oficial
ARTICULO 50. DE LA RESPONSABILIDAD DE LAS ENTIDADES ESTATALES. Las entidades responderán por las actuaciones, abstenciones, hechos y omisiones antijurídicos que les sean imputables y que causen perjuicios a sus contratistas. En tales casos deberán indemnizar la disminución patrimonial que se ocasione, la prolongación de la misma y la ganancia, beneficio o provecho dejados de percibir por el contratista.
JURISPRUDENCIA (1)
Declarada exequible la frase ... ("las entidades responderán por las actuaciones, abstenciones, hechos y omisiones antijurídicos que les sean imputables y que causen perjuicio a sus contratistas" ) Sentencia de la Corte Constitucional C-333 de 1996Doctrina de Colombia Compra Eficiente sobre este artículo
4 conceptos de CCE citan o interpretan el artículo 50 de la Ley 80 de 1993. Los más relevantes:
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