NormasLey 84 de 1873 › Artículo 101

Artículo 101 — Derogado TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 698 DECRETO 1400 de 1970

Ley 84 de 1873
Derogado

Texto oficial

Artículo 101. Derogado

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Derogado Artículo 698 DECRETO 1400 de 1970
LEGISLACIÓN ANTERIOR (2)Art. 101. Los poseedores provisorios formarán ante todo un inventario solemne de los bienes, o se revisarán i rectificarán con la misma solemnidad el inventario que exista.Vigente desde: 26/05/1873 y hasta el: 05/08/1970