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Artículo 1020 — Son incapaces de toda herencia o legado las cofradias, gremios o establecimientos…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 1020. Son incapaces de toda herencia o legado las cofradias, gremios o establecimientos cualesquiera que no sean personas jurídicas.

Pero si la asignacion tuviere por objeto la fundacion de una nueva corporacion o establecimiento, podrá solicitarse la aprobación legal, i obtenida ésta valdrá la asignacion.