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Artículo 1026 — Es indigno de suceder quien siendo mayor de edad no hubiere denunciado a la justicia…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 1026. Es indigno de suceder quien siendo mayor de edad no hubiere denunciado a la justicia, dentro del mes siguiente al día en que tuvo conocimiento del delito, el homicidio de su causante, a menos que se hubiere iniciado antes la investigación.

Esta indignidad no podrá alegarse cuando el heredero o legatario sea cónyuge , ascendiente o descendiente de la persona por cuya obra o consejo se ejecutó el homicidio, o haya entre ellos vínculos del consanguinidad hasta el cuarto grado, o de afinidad o de parentesco civil hasta el segundo grado, inclusive.

JURISPRUDENCIA (3)Declarado exequible condicionado ( las expresiones “cónyuge”, “casada” , “cónyuges” y “marido y mujer”, contenidas en los artículos 19.2, 61 y 745, 1025.2, 1026.2, 1056, 1068.13, 1119, 1125, 1161.2, 1165, 1195, 1196.3, 1266.1 y 1488 del Código Civil, bajo el entendido de que estas expresiones se refieren, en igualdad de derechos y deberes, a los cónyuges y a los compañeros permanentes de las uniones maritales de hecho, tanto de parejas de distinto sexo como de parejas del mismo sexo. ) Sentencia de la Corte Constitucional C-456 de 2020Declarado exequible Sentencia de la Corte Constitucional C-174 de 1996Declarado exequible por el cargo analizado ... Sentencia de la Corte Constitucional C-174 de 1996
LEGISLACIÓN ANTERIOR (4)Art. 1026. Es indigno de suceder el que siendo varon i mayor de edad, no hubiere acusado a la justicia el homicidio cometido en la persona del difunto, tan presto como le hubiere sido posible.Cesará esta indignidad, si la justicia hubiere empezado a proceder sobre el caso.Pero esta causa de indignidad no podrá alegarse sino cuando constare que el heredero o legatario no es marido de la persona cuya obra o consejo se ejecutó el homicidio, ni es del número de sus ascendientes o descendientes, ni hay entre ellos deudo de consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado inclusive.Vigente desde: 26/05/1873 y hasta el: 29/12/1974