Texto oficial
Art. 1042. Los que suceden por representacion heredan en todos casos por estirpes , es decir, que cualquiera que sea el número de los hijos que representan al padre o madre, toman entre todos i por iguales partes la porcion que hubiere cabido al padre o madre representado.
Los que no suceden por representacion suceden por cabezas , esto es, toman entre todos i por iguales partes la porcion a que la lei los llama, a ménos que la misma lei establezca otra division diferente.