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Artículo 1043 — Art. 1043. Hai siempre lugar a representacion en la descendencia lejítima de sus hermanos…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Art. 1043. Hai siempre lugar a representacion en la descendencia lejítima de sus hermanos lejítimos i en la descendencia lejítima de sus hijos o hermanos naturales.

Fuera de estas descendencias no hai lugar a la respresentacion.