NormasLey 84 de 1873 › Artículo 1100

Artículo 1100 — Para testar militarmente será preciso hallarse en una expedición de guerra, que esté…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 1100. Para testar militarmente será preciso hallarse en una expedición de guerra, que esté actualmente en marcha o campaña contra el enemigo, o en la guarnición de una plaza actualmente sitiada.