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Artículo 1275 — Objeto de reclamo de la acción de reforma. En general, lo que por ley corresponde a los…

Ley 84 de 1873
Modificado

Texto oficial

Artículo 1275 . Objeto de reclamo de la acción de reforma. En general, lo que por ley corresponde a los legitimarios, y lo que tienen derecho a reclamar por la acción de reforma, es su legítima rigurosa.

El legitimario que ha sido indebidamente desheredado tendrá, además, derecho para que subsistan las donaciones entre vivos y comprendidas en la desheredación.

LEGISLACIÓN ANTERIOR (2)Art. 1275. En jeneral, lo que por lei corresponde a los lejitimarios, i lo que tienen derecho a reclamar por la acción de reforma, es su lejítima rigurosa o la efectiva en su caso.El lejitimario que ha sido indebidamente desheredado tendrá, además, derecho para que subsistan las donaciones entre vivos comprendidas en la desheredación.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (2)Modificado Artículo 17 LEY 1934 de 2018Vigente desde: 26/05/1873 y hasta el: 31/12/2018