Texto oficial
Artículo. 1281. El costo de la guarda i aposición de sellos i de los inventarios, gravará los bienes todos de la sucesión, a menos que determinadamente recaigan sobre una parte de ellos, en cuyo caso gravarán esa sola parte.
Artículo. 1281. El costo de la guarda i aposición de sellos i de los inventarios, gravará los bienes todos de la sucesión, a menos que determinadamente recaigan sobre una parte de ellos, en cuyo caso gravarán esa sola parte.