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Artículo 1304 — Art. 1304. El beneficio de inventario consiste en no hacer a los herederos que aceptan…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Art. 1304. El beneficio de inventario consiste en no hacer a los herederos que aceptan, responsables de las obligaciones hereditarias o testamentarias, sino hasta concurrencia del valor total de los bienes, que han heredado.