Texto oficial
Art. 1305. Si de muchos coherederos, los unos quieren aceptar con beneficio de inventario i los otros no, todos ellos serán obligados a aceptar con beneficio de inventario.
Art. 1305. Si de muchos coherederos, los unos quieren aceptar con beneficio de inventario i los otros no, todos ellos serán obligados a aceptar con beneficio de inventario.