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Artículo 1305 — Art. 1305. Si de muchos coherederos, los unos quieren aceptar con beneficio de inventario…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Art. 1305. Si de muchos coherederos, los unos quieren aceptar con beneficio de inventario i los otros no, todos ellos serán obligados a aceptar con beneficio de inventario.