Texto oficial
Art. 1343. Sea que el testador haya encomendado o no al albacea el pago de sus deudas, será éste obligado a exijir que en la partición de los bienes se señale un lote o hijuela suficiente para cubrir las deudas conocidas.
Art. 1343. Sea que el testador haya encomendado o no al albacea el pago de sus deudas, será éste obligado a exijir que en la partición de los bienes se señale un lote o hijuela suficiente para cubrir las deudas conocidas.