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Artículo 1434 — Art. 1434. Los títulos ejecutivos contra el difunto lo serán igualmente contra los…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Art. 1434. Los títulos ejecutivos contra el difunto lo serán igualmente contra los herederos; pero los acreedores no podrán entablar o llevar adelante la ejecución, sino pasados ocho días después de la notificación judicial de sus títulos.

TITULO 12.

Del beneficio de separacion.