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Artículo 1623 — Cuando en un contrato se ha expresado un caso para explicar la obligación, no se…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 1623. Cuando en un contrato se ha expresado un caso para explicar la obligación, no se entenderá por solo eso haberse querido restringir la convención a ese caso, excluyendo los otros a que naturalmente se extienda.